Acabamos de celebrar la justa y necesaria conmemoración del bicentenario del 25 de agosto de 1825. Toda la atención de los comentarios y charlas acerca de la fecha han estado centrados en lo decidido esa noche en una casa de la Villa de San Fernando de la Florida.
Hemos aprendido –desde la escuela– sobre “las tres Leyes Fundamentales”, y es tan vieja como conocida la discusión sobre si era o no independencia, sobre su alcance, sobre la unión con las demás provincias, y sobre el pabellón, que decretara aquella Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata.
Es menor la cantidad de memoriosos/as que en contadas ocasiones traen también al tapete lo decretado el 5 de setiembre con respecto a la libertad de vientres… y no mucha cosa más. Por tanto, nos permitimos creer necesario recordar algunos otros asuntos que trataron y decidieron aquellos asambleístas reunidos desde el 12 de agosto hasta el 27 de diciembre de 1825.
El primer detalle que observamos es que en muchas de las actas se aclara que sesionaban a partir de las siete de la tarde, en punto. El secretario Felipe Álvarez de Bengochea no especificó nunca el detalle del horario de finalización de las reuniones, pero sin duda alguna difería mucho un día de otro, según los temas tratados y la duración de las discusiones (que las hubo). Nos llama la atención que se reunieran de noche, con las dificultades que acarreaba la iluminación a vela, tanto para leer como para escribir… ¡como para verse las caras! Las leyendas transmitidas hablaron siempre de que se reunían en un rancho de medidas simples y comunes, a deducir entonces de no grandes dimensiones, a deducir entonces (también) algo incómodos. ¿No era más fácil y eficiente reunirse de día? Vaya uno a saber por qué no lo hicieron.
En su obra realizada entre 1943 y 1947 –que todos conocemos–, Eduardo Amézaga ubica quince personas en derredor a una mesa chica de aproximadamente 1,5 x 0,60 m. y están iluminados solamente por un farol que a lo sumo alberga dos velas. El artista transcribe sobre la tela elementos que a su entender son la más probable real escena, donde no había sillas para todos y donde los contertulios posaron en arco para la foto. Son todos personajes circunspectos, de gesto un tanto adusto; ninguna habla, ni siquiera quien preside y está de pie con papeles en la mano –Juan Francisco de Larrobla– quien era sacerdote (párroco de San José) pero nadie se refiere a él como presbítero, o padre, y quien en su firma no coloca ninguna inicial que delate a qué orden religiosa pertenecía (para todos –incluso para Larrañaga—era “don” Larrobla, a secas).
Otro detalle. No está claro que hayan sido quince los que aprobaron las leyes el día 25. Efectivamente comenzaron a ser quince personas el 18 de agosto, pero el 20 se agregó Juan Núñez y por otro lado cada día alguien faltaba, ya sea por enfermedad u otro impedimento. En las actas no figuraban los nombres de todos los asistentes, de manera que no podemos saber exactamente quiénes estaban aquel 25 (y tampoco cada día). Existe un impreso publicado recién a finales del siglo XIX que contiene en tipografía símil manuscrita el texto de la primera ley y debajo del mismo las firmas (copiadas de las verdaderas) de quince asambleístas, que son los nombrados en la primera acta (la del 18 de agosto). Corona el diseño nuestro escudo de armas de 1829. Muchos han tomado este impreso comercial como algo real, confundiéndolo como si fuera un documento generado oficialmente.
¿Qué otras cosas decretó esa Asamblea, además de anular todo lo resuelto por el gobierno cisplatino, las consabidas tres leyes y lo de la libertad de vientres? Muchas, y algunas muy importantes que han pasado desapercibidas (y no se enseñan). Por ejemplo, nombrar a dos representantes para acudir lo antes posible a Buenos Aires al Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, llevando instrucciones de nuestra Provincia Oriental. Más que “instrucciones” eran ideas para aportar al fin único que tenía el Congreso: declarar una constitución común. Por ejemplo, que la religión oficial fuera la católica apostólica romana (que los habitantes deseaban libremente conservar); que debía brindarse seguridad y respeto total a la propiedad privada, y que el sistema del “pays” fuera el de gobierno representativo. Pero también pedían –especialmente– al Soberano Congreso “la más pronta declaración de guerra al imperio del Brasil”, solicitando el mayor apoyo militar posible.
La declaración de las tres leyes fundamentales fue uno de los temas que menos tiempo llevó. Lo que más días de discusión insumió a la Asamblea fue decidir con respecto a varios puntos inherentes al gobierno de la provincia (en sus partes ejecutiva y legislativa). Entre ellos señalamos la designación de Fructuoso Rivera como brigadier inspector general de la provincia, con un sueldo de “quatro mil pesos anuales”. Lavalleja tenía más cargo (y sueldo); había sido nombrado gobernador y capitán general cobrando por ello seis mil pesos, acumulables a los dos mil que recibía ya por ser brigadier general en jefe del Ejército. También los diputados fijaron para sí mismos un sueldo anual de “mil y quinientos pesos”.
La Honorable Sala de Representantes determinó varios puestos de gobierno más, plazos de elecciones, duración de los cargos, manera de conformar el ejército, normas de funcionamiento del gobierno, etc.
La revolución, que se inició con el fin de volver a pertenecer a las Provincias Unidas y la expulsión del imperio del Brasil del territorio que esta Provincia Oriental tenía antes de la ocupación norteña, significaba su ganancia en libertad y derechos, y también implicaba en costo en vidas… ¡y en metálico! (gastos de guerra). La nada despreciable cantidad de dinero que había recolectado Pedro Trápani para la primera etapa (la Cruzada de Abril) ya era insuficiente. Una de las últimas resoluciones que tomó la sala fue autorizar al gobierno a tomar un préstamo de (hasta)… ¡un millón de pesos! a pagar en veinticinco años. Esa fue nuestra primera deuda pública oriental, que fue solicitada en partes y a privados, con el compromiso de ir pagando el capital básicamente con tierras realengas (o con lo que el gobierno quisiera) amortizando intereses con el producido de impuestos a las transacciones comerciales.
Son apenas unas pocas muestras de muchas cosas que también pasaron hace apenas dos siglos, y no todos conocemos.