La Dra. Ana Guedes, médica internista, oncóloga, diplomada en Cuidados Paliativos y docente de la maestría de Cuidados Paliativos de la Universidad de Montevideo, conversó con La Mañana acerca del proyecto de eutanasia que está a estudio del Parlamento. La especialista advirtió que el articulado incluye criterios amplios sin exigir una enfermedad terminal, lo que podría llevar a múltiples errores y muertes evitables. Además, remarcó que el sufrimiento es tratable y que solo un 0,06 % de sus pacientes solicitó eutanasia real, y criticó la falta de garantías éticas y legales de la iniciativa.
¿Cuáles considera que serían las principales consecuencias de la aprobación de la ley de eutanasia?
La amplitud del criterio en el artículo 2 del proyecto de ley de eutanasia se agrava porque el texto actual no exige que el solicitante sea un paciente terminal. Esto otorgaría “derechos” a un número amplísimo de personas con enfermedades de pronósticos y diagnósticos muy amplios rehabilitables o curables. Los médicos generales que realizarían el procedimiento no están formados en los avances diagnósticos y terapéuticos de muchas enfermedades complejas (degenerativas, raras, cánceres metastásicos hoy curables). Incluir estos casos inducirá a errores y decisiones equivocadas. Esto provocará muchas muertes evitables de personas cuyo sufrimiento podría aliviarse mediante la solución de problemas sociales y de cuidados, y la aplicación de las leyes que ya existen (cuidados paliativos, voluntades anticipadas, deberes y derechos de los usuarios).
Usted ha planteado que muchos pacientes que podrían solicitar la eutanasia en realidad necesitan acceso a cuidados paliativos u otro tipo de atención integral. ¿Cree que la aprobación de esta ley podría desincentivar el desarrollo de esas políticas?
La existencia de enfermos que sufren es el motor que impulsa la investigación para aliviarlos. La legalización de la eutanasia como derecho hará que progresivamente se vuelva rutinaria y extienda su práctica, como demuestran las cifras en países donde ya se aplica. Son paradigmas opuestos: la eutanasia contradice los fines de la medicina paliativa al eliminar al paciente.
En el servicio que coordiné extendimos los cuidados paliativos más allá de la oncología, incorporando patologías crónicas avanzadas no oncológicas que se benefician de esta atención (Guedes et al., 2009). En 2008 se inició la atención paliativa a pacientes con ELA, lo que mejoró su calidad de vida y la de sus familias, aliviando síntomas como la dificultad para deglutir, hablar y respirar (Guedes et al., 2012b). Hoy numerosos servicios en todo el país, incluida la Udelar, brindan cuidados paliativos a pacientes con ELA. La eutanasia atenta contra los esfuerzos por seguir desarrollando opciones terapéuticas cada vez más promisorias y potencialmente curativas.
¿Qué experiencias ha tenido con pacientes que expresaron el deseo de morir por estar atravesando un momento de sufrimiento, pero que cambiaron de opinión cuando se les ofreció el alivio adecuado?
Esa situación, denominada “deseo de adelantar la muerte” en cuidados paliativos, es consecuencia de un sufrimiento multidimensional y es tratable: disminuye o se revierte en el 95% de los casos; y si es refractario se aplica sedación paliativa con consentimiento del paciente. Con un abordaje integral de cuidados paliativos, ese deseo se alivia o desaparece; el paciente resignifica el proceso que afronta y llega a la muerte en paz.
El caso de Fernando Sureda, paciente con ELA, se documentó en Hay una puerta ahí: había solicitado eutanasia y cesó de pedirla tras recibir cuidados paliativos. Un paciente con ataxia cerebelosa que siente ser una carga que aliviaría con recursos que le devuelvan autonomía. Las palabras como “no quiero vivir más así” o “no quiero ser una carga para mi familia” suelen reflejar miedo al abandono o depresión no diagnosticada, más que un deseo real de morir. La solicitud explícita de eutanasia es excepcional. En mi experiencia, de 8000 pacientes atendidos, solo cinco (0,06%) solicitaron eutanasia directa y activa, similar a publicaciones internacionales. No se debe equiparar cualquier expresión de deseo de morir con un pedido de eutanasia (que, además, es tratable y reversible), porque eso sobredimensiona la demanda real de eutanasia en pacientes crónicos. El sufrimiento subyacente y sus causas no pueden evaluarse en dos consultas de un médico general separadas por dos semanas sin ningún intento de alivio. Esto induce a mala praxis médica por desconocimiento (impericia, imprudencia).
¿Cuáles son, según su visión, los riesgos éticos y jurídicos de que se incluya cualquier “condición de salud irreversible” en este proyecto?
El proyecto carece de garantías para los pacientes y supone riesgos de mala praxis médica. Eximir al médico de responsabilidad legal infunde confianza peligrosa. La Asociación Médica Mundial ratificó que la eutanasia es contraria a la ética médica, por lo que, ante reclamos, el médico quedaría con garantías lábiles. La etiqueta “condiciones crónicas” proviene de la medicina paliativa, donde refiere a personas con discapacidad dependientes en actividades básicas. Incluirlas contradice recomendaciones internacionales: la ONU declaró en 2021 que la discapacidad nunca debe justificar terminar la vida de alguien. También faltan garantías en salud mental: se requieren profesionales especializados para evaluar la aptitud psíquica del solicitante. Casi todas las personas mayores con grave deterioro cognitivo no están legalmente declaradas incapaces, por lo que podrían pedir eutanasia sin plena capacidad para decidir.
No se han revisado a fondo términos del proyecto como “psíquicamente apto” (art. 2), “procedimiento realizado por un médico o por su orden” (art. 3) o “si no supiere o no pudiere firmar, lo hará a su ruego otra persona” (art. 4). Estas imprecisiones exponen al paciente, a su entorno, al médico y a las instituciones de salud a graves errores. El artículo 12 carece de garantías al prever que la Comisión de Revisión actúe después de realizada la eutanasia (el Colegio Médico del Uruguay se opuso a esto). En otros países, como España, el comité de garantías actúa antes del procedimiento e incluye profesionales adicionales (un trabajador social y un psicólogo). Es incierto si puede modificarse porque se suprimió este artículo en el proyecto actual.
¿Qué posición ética y legal debería asumir un médico que se niega a participar de la eutanasia en un sistema donde el paciente tiene ese derecho?
La posición ética y legal adecuada es manifestar objeción de conciencia y no ceder a presiones de ningún tipo. Asimismo, el médico debe asesorarse en la legislación nacional e internacional.
Me gustaría agregar que este proyecto condena a los más débiles, al no atender sus derechos vulnerados antes de consagrar la eutanasia como derecho humano. Los países que legalizaron la eutanasia tienen sistemas de salud muy superiores al nuestro en cobertura, calidad y financiamiento. Esos países tardaron años en ampliar los criterios de elegibilidad, mientras que Uruguay los incluye desde el inicio sin esa experiencia previa. Aun así, se siguen cometiendo errores.
La eutanasia conlleva costos humanos y organizativos: se debieron asignar recursos extra para evitar errores y capacitar equipos. Esos recursos en nuestro país sería justo emplearlos en atender a las poblaciones vulnerables. Uruguay, con un sistema de salud deficitario, no evaluó el impacto de esta ley en la financiación del sistema; los países que ya la implementaron sí lo hicieron, y aun así enfrentaron errores imprevistos.