Con el senador Dr. Javier García se podrá estar de acuerdo o no, pero es innegable que siempre dice las cosas claras. Así se ha manifestado recientemente, diciendo que “no están dadas las condiciones para la creación de un Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
Coincidimos plenamente con lo manifestado por el senador nacionalista y a sus razones le agregamos las nuestras, que van en el mismo sentido.
En primer lugar, obvias razones de economía, a fin de evitar el aumento de la ya exagerada desproporción burocrática existente, que se incrementaría con la creación de otra cartera, que consideramos innecesaria e inconveniente. Se evitarán así más gastos y más impuestos sobre la gente, ya abrumada por el peso tributario del legado del contador Astori.
Decimos innecesaria porque no se justifica la inversión que requiere la instalación de un nuevo ministerio en recursos materiales y humanos para una función de cuya ausencia nadie hace un reclamo, nadie salvo aquellos que ya se sienten candidatos a ocuparla.
Inconveniente, porque las palabras justicia y ministerio no van de la mano, pues mientras una alude inequívocamente a un Poder del Estado, es decir al Poder Judicial que es y debe ser totalmente independiente, la otra hace referencia a órganos que son propios del Poder Ejecutivo.
Consideramos que de nada sirve como elemento de convicción la opinión del Dr. Germán Garavano que fue integrante del gabinete del expresidente Mauricio Macri, que se cita como argumento que ejemplificaría la conveniencia de su creación, porque sin perjuicio de la consideración personal que nos pueda merecer el político argentino, no la podemos compartir por varias razones.
Primero, porque la estructura institucional de un gobierno federal como el que impera en la República Argentina difiere abismalmente de un gobierno unitario como el nuestro, donde no hay provincias que reclamen su autonomía y tengan en su seno una repetición en paralelo, aunque limitada localmente a su feudo, de los Poderes del Estado.
Luego porque nuestra arquitectura política, reducida a lo que sería una provincia en el país vecino, no necesita ninguna jerarquía superior o de orden federal como existe allende al Río de la Plata. No existen aquí jurisdicciones provinciales distintas a las jurisdicciones federales, sino una jurisdicción nacional y única.
Finalmente, porque nuestro derecho constitucional ha diferido y difiere, como es natural, con referencia a todas las Constituciones de la República Argentina, cuyos textos fueron aprobaron en los años 1853, 1860 y 1994. De donde se infiere que no hay ejemplo fecundo para imitar, sino una enorme diferencia en las respectivas organizaciones institucionales.
De lo expuesto surgen algunas razones de orden primario para rechazar la creación uruguaya de un Ministerio de Justicia. Pero, además, la decisión presidencial de apoyo expuesta por un ciudadano que no es abogado sino profesor de historia, es fruto del asesoramiento o sugerencia de su entourage, siendo que el señor presidente Yamadú Orsi nos merece el mayor respeto por su inequívoca buena fe y superior propósito de ejercer su mandato con una indiscutible honestidad intelectual.
A la Suprema Corte de Justicia no se conoce que la hubiere consultado alguno de los entusiastas propulsores de la creación de la nueva cartera, pero tampoco hemos escuchado que se diga que va a mejorar la administración de la Justicia. Por el contrario, la Justicia funciona bien, salvo en la rama de la Justicia Penal, que es su verdadero talón de Aquiles.
Y en esta rama o especialidad del derecho, todo el peso del andar fallido recae sin duda alguna sobre las Fiscalías y su desmesurado protagonismo.
El legado que dejó el ex fiscal de Corte Jorge Díaz, vertebrado en tres leyes que corporizaron un proyecto visiblemente fracasado, está exigiendo desde hace tiempo una pronta derogación del Código del Proceso Penal (Ley 19.293) de la Ley de las Instrucciones Generales (Ley 19.483) y de la creación muy claramente inconstitucional de un Servicio Descentralizado para las Fiscalías (Ley 19.334 ) que por un muy notorio error en su concepción perdieron su independencia y están hoy sometidas al Poder Ejecutivo (Art. 197 del texto constitucional )
Como bien saben los políticos de la oposición, tampoco se puede nombrar un fiscal de Corte, pues no se puede aceptar ninguna propuesta del Frente Amplio, que bien sabe la importancia de tener un correligionario en ese cargo y no se puede esperar que acceda fácilmente a designar al que le propongan.
Así es que también existe un bloqueo para un nuevo ministerio, cuya creación es un verdadero pretexto para designar un ministro más para el Frente Amplio, lo que no asegura tampoco ninguna idoneidad, sino solo afinidades políticas, y como el Art.174 de la Constitución reclama la aprobación de la mayoría en ambas cámaras, o sea, la contribución de los votos de la oposición, hoy por hoy esas mayorías no las tiene nadie.
De tal modo que la recomposición de un sistema colapsado, que ha sido la obra de quien no es un procesalista como ha quedado rotundamente a la vista, requiere las derogaciones que señalamos más arriba y una urgente convocatoria de la cátedra y el rigor técnico de sus conocimientos para el análisis y la solución de una problemática aún sin resolver.
Si a todo lo expuesto le agregamos que se incluiría en el proyecto que ha circulado, dentro del Ministerio de Justicia y DD. HH. a todos los fiscales tenemos a la vista, la clara, palmaria e inequívoca intención de incurrir en la inconstitucionalidad de hacerles perder su independencia y someterlos a jerarquía, aunque se puntualice que se habrá de respetar su independencia técnica.